El Fideicomiso de Garantía, una herramienta segura para el financiamiento.
Autora: Karla Guerra
¿Sabías que el fideicomiso de garantía se ha convertido en una herramienta eficaz para el acceso a financiamiento como una alternativa a la hipoteca?
En el año 1995 escogí escribir sobre el Fideicomiso de Garantía para mi tesis de graduación. El reto era interesante pues a pesar de que la figura estaba regulada desde 1970, era un mecanismo de garantía muy poco utilizado, y suponemos que esto sucedía por la resistencia al cambio de la que somos víctimas a menudo los seres humanos.
En aquel momento contaba con la gran ventaja de trabajar para una institución que en forma decidida había apostado por utilizar y explotar la figura, y así lo demostraba con la cantidad de recurso humano que había contratado para la conformación de la Gerencia de Fideicomisos, y que con el tiempo se hizo aún más robusta.
Adicionalmente al apoyo de la institución, tenía a mi favor el que el precursor de la figura, el Lic. Gustavo Adolfo Barrios Flores era no solo mi jefe, sino, además, mi asesor de tesis, amante de la figura y maestro ejemplar.
¿Pero en qué consiste el fideicomiso de garantía? Es el contrato mediante el cual se transfiere a un fiduciario, determinados bienes para garantizar la concesión de un crédito, de tal suerte que, en caso de incumplimiento del crédito asumido, el patrimonio que está en garantía dentro del fideicomiso sirve para cubrir la deuda, mediante la realización de la pública subasta notarial (venta) de los bienes que conforman la garantía, y con su producto hacer pago al acreedor.
Así las cosas, me di a la tarea de estudiar el fideicomiso de garantía, documentarme adecuadamente con las experiencias existentes a nivel latinoamericano; el éxito en el uso de la figura era contundente, sin duda alguna. Sin embargo, el éxito se aseguraba cumpliendo con requisitos esenciales sin los cuales el uso del mecanismo podría dar lugar a reparos en la ejecución del proceso, y restarle la certeza jurídica que debe privar. Uno de esos requisitos es el debido cumplimiento del “derecho de defensa del deudor”.
Dicho lo anterior, es preciso referirnos al procedimiento especial de ejecución de la garantía y que es en suma el que lo hace atractivo para las partes. En caso de incumplimiento en el pago de las obligaciones, se realice un proceso debidamente pactado por las partes en el propio contrato de fideicomiso, el cual se sustancia mediante la celebración de la pública subasta notarial, y la ley establece “siendo nulo todo pacto que autorice al fiduciario a entregar los bienes al acreedor en forma distinta”.
En el fideicomiso en garantía es fundamental que la gestión del fiduciario sea extremadamente imparcial, y evitar a toda costa, que éste pueda actuar en forma discrecional. La pública subasta notarial debe funcionar como un reloj suizo, donde el fiduciario cumpla con las obligaciones asumidas contractualmente, y los alcances de su gestión estén perfectamente retratadas en el contrato de fideicomiso.
Una vez podemos afirmar que el fideicomiso es una herramienta flexible que nos permite obtener financiamiento, y que la estructura de crédito está limitada únicamente por la imaginación y una asesoría legal adecuada.