Carta de la Superintendencia de Bancos
Para facilitar el intercambio de información a través de comunicaciones electrónicas, la Superintendencia de Bancos ha habilitado el Portal para Particulares (“Portal”), como una herramienta de comunicación electrónica que permite el envío y recepción de información y documentación relacionada con respuestas a oficios, solicitudes de prórroga, solicitudes de registro, solicitudes de actualización, solicitudes de certificaciones, así como cualquier otra información que se requiera entregar o recibir de la Superintendencia de Bancos.
Con la implementación del Portal, la Superintendencia de Bancos promueve un canal directo de comunicación con mayor seguridad en el traslado de información, reducción de tiempo de entrega de documentos, consultas de envíos, así como una disminución en el consumo de papel lo cual contribuye a la protección del medio ambiente.
Para tener acceso al Portal es necesario que el interesado o su representante legal o mandatario, tenga ya un certificado de firma electrónica avanzada. En Guatemala hasta este momento existen tres prestadores autorizados por el Registro de Prestadores de Servicios de Certificación que pueden otorgar certificados de firma electrónica avanzada. El nombre de los tres prestadores de servicios de certificación autorizados puede consultarse en el Registro de Prestadores de Servicios de Certificación del Ministerio de Economía.
Crear un usuario en el Portal, una vez que se cuente con el certificado de firma electrónica avanzada, implica completar el proceso de registro de acuerdo con el procedimiento siguiente:
1.Ingresar a la opción “Portal para Particulares” disponible en la página web de la Superintendencia de Bancos.
2. Acceder a “Registrarse” y proporcionar la información requerida. Esta información incluye el tipo y número de registro que se tiene en la Superintendencia de Bancos, nombre, documento de identificación, número de identificación tributaria y correo electrónico, entre otros datos.
3.Cargar al Portal la siguiente documentación: (a) Fotocopia legalizada del nombramiento del representante legal o mandatario debidamente inscrito en los registros correspondientes. Este documento no aplica para personas individuales. (b) Fotocopia legalizada del DPI o pasaporte en caso de personas extranjeras; y (c) Hoja de Responsabilidad disponible en el mismo sitio, firmada con firma electrónica avanzada del interesado o su representante legal o mandatario.
Las comunicaciones y/o solicitudes dirigidas a la Superintendencia de Bancos pueden seguir realizándose de forma física. El Portal es un mecanismo de modernización de la Superintendencia de Bancos que posee los mismos efectos jurídicos y validez que una comunicación realizada en forma física, de acuerdo con la Ley para el Reconocimiento de las Comunicaciones y Firmas Electrónicas, Decreto 47-2008 del Congreso de la República.
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